{"id":120255,"date":"2018-12-14T13:14:07","date_gmt":"2018-12-14T16:14:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.upla.cl\/noticias\/?p=120255"},"modified":"2018-12-14T13:14:07","modified_gmt":"2018-12-14T16:14:07","slug":"autoriza-contratacion-de-emprestitos-que-indica-y-aprueba-bases-administrativas-y-tecnicas-de-la-licitacion-publica-para-la-contratacion-de-emprestitos-de-la-universidad-de-playa-ancha","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/2018\/12\/14\/autoriza-contratacion-de-emprestitos-que-indica-y-aprueba-bases-administrativas-y-tecnicas-de-la-licitacion-publica-para-la-contratacion-de-emprestitos-de-la-universidad-de-playa-ancha\/","title":{"rendered":"Autoriza contrataci\u00f3n de Empr\u00e9stitos que indica, y aprueba bases administrativas y t\u00e9cnicas de la licitaci\u00f3n p\u00fablica para la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos de la Universidad de Playa Ancha"},"content":{"rendered":"<p>Decreto N\u00ba 0038\/2018<\/p>\n<p>1. La Ley N\u00ba 21.053, sobre Presupuestos del Sector P\u00fablico para el a\u00f1o 2018 del Ministerio de Hacienda<\/p>\n<p>2. Que la Ley precedentemente citada, en su art\u00edculo 16 inciso quinto autoriza a las universidades estatales para contratar, durante el a\u00f1o 2018, empr\u00e9stitos por per\u00edodos de hasta veinte a\u00f1os, de forma que, con los montos que se contraten, el nivel de endeudamiento total en cada una de ellas no exceda del cien por ciento (100%) de sus patrimonios. Lo anterior, previa visaci\u00f3n del Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p>3. Que adem\u00e1s, el art\u00edculo 16 de la Ley N\u00ba 21.053 excluye la contrataci\u00f3n de estos empr\u00e9stitos de la aplicaci\u00f3n de la Ley N\u00ba 19.886 y su Reglamento.<\/p>\n<p>4. Mediante Ordinario N\u00ba 948, el Ministerio de Hacienda ha otorgado su visaci\u00f3n a la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n para la contrataci\u00f3n de endeudamiento, hasta por $8.093.224.172.- (ocho mil noventa y tres millones doscientos veinticuatro mil ciento setenta y dos pesos), en atenci\u00f3n a que se cumple con el requisito establecido en la norma legal que rige la materia, en cuanto a que con su contrataci\u00f3n la deuda total no exceder\u00eda el 100% de su patrimonio.<\/p>\n<p>5. Certificado N\u00ba 66 de 2018 del Secretario General, que da cuenta de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva en su sesi\u00f3n ordinaria N\u00ba 7, de fecha 28 de agosto de 2018, en orden a autorizar la contrataci\u00f3n de uno o m\u00e1s empr\u00e9stitos con una o m\u00e1s entidades bancarias y\/o Instituciones Financieras y\/o Fondos de Inversi\u00f3n, por parcialidades o por el total, de hasta $6.575.387.891.- (seis mil quinientos setenta y cinco millones trescientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y un pesos), equivalentes a UF 241.277 (doscientos cuarenta y un mil doscientos setenta y siete unidades de fomento), al d\u00eda 21 de agosto del a\u00f1o en curso, con una tasa m\u00e1xima de hasta la legal convencional y un periodo de gracia, que considera s\u00f3lo el pago de intereses de hasta 12 meses, por el plazo m\u00e1ximo de 20 a\u00f1os, incluido el periodo de gracia, modalidad cuotas mensuales, con la finalidad de reestructurar los pasivos universitarios existentes, ajustados a la Ley N\u00ba 21.053.<\/p>\n<p>6. Los empr\u00e9stitos autorizados por la Junta Directiva, podr\u00e1n celebrarse en los t\u00e9rminos que se expresan:<\/p>\n<ul>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Chile: $1.756.804.420<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco Ita\u00fa Corpbanca: $2.186.341.471<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Cr\u00e9dito e Inversiones: $1.019.000.000<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con Tanner Servicios Financieros S.A.: $1.198.578.000<\/li>\n<li>Pyme Leasing S.A.(ahora AVLA Leasing S.A.): $414.664.000<\/li>\n<li><strong>Total: $6.575.387.891<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Sin perjuicio del detalle antes referido, se podr\u00e1 pactar con la o las Instituciones Financieras y\/o Bancos y\/o Fondos de Inversi\u00f3n, que resulten m\u00e1s convenientes.<\/p>\n<p>7. La autorizaci\u00f3n de la Junta, incluye el pacto de intereses penales y moratorios y dem\u00e1s gastos derivados de la naturaleza de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Los inmuebles sobre los cuales podr\u00e1n constituirse las hipotecas destinadas a garantizar el o los empr\u00e9stitos que por este acto se autoriza contratar, son los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Inmueble de Avenida Gran Breta\u00f1a antes camino Cintura, esquina de bajada a la Escuela Naval, hoy subida Artiller\u00eda N\u00ba672, inscrita a fojas N\u00ba3.687 N\u00ba4575 del Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso, prepagando garant\u00eda en posesi\u00f3n de Ita\u00fa-Corpbanca.<\/li>\n<li>Inmueble de Avenida Gonz\u00e1lez de Hontaneda Sector 4, inscrito a fojas 3686 vuelta n\u00famero 4574 Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/li>\n<li>Lote n\u00famero 1, actualmente por acceso por calle Independencia N\u00ba 2096, de la primera porci\u00f3n del inmueble ubicado en calle Independencia, comuna de Valpara\u00edso, Rol 182-17, individualizado en el plano de subdivisi\u00f3n agregado al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso del a\u00f1o 2011 con el n\u00famero 2046, inscrito a Fojas 4922 N\u00famero 8644 del Registro de Propiedad del mencionado Conservador, del a\u00f1o 2015.<\/li>\n<li>Inmueble ubicado en Valpara\u00edso, Barrio Playa Ancha, que forma parte de mayor extensi\u00f3n, inscrito a fojas 3686 n\u00famero 4573 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En relaci\u00f3n a las garant\u00edas hipotecarias que se autoriza constituir, deber\u00e1n ajustarse a las condiciones del mercado, con el fin de optimizarlas, en funci\u00f3n de cada uno de los cr\u00e9ditos que se contraten, debiendo el Vicerrector de Administraci\u00f3n y Finanzas y la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica, actuar coordinadamente al respecto.<\/p>\n<p>9. No obstante lo anterior, deber\u00e1 presentarse ante la Junta Directiva la adjudicaci\u00f3n o la declaraci\u00f3n de desierta de todo o parte de la licitaci\u00f3n; las condiciones de la operaci\u00f3n, el plazo y las garant\u00edas hipotecarias a constituir, para todos o cada uno de los empr\u00e9stitos acordados; con el fin de que \u00e9ste cuerpo colegiado previa a la dictaci\u00f3n del acto administrativo correspondiente y a la celebraci\u00f3n del contrato respectivo, d\u00e9 la aprobaci\u00f3n definitiva o la rechace conforme a los intereses de la Universidad.<\/p>\n<p>10. De acuerdo a lo se\u00f1alado, se facult\u00f3 al se\u00f1or Rector para, previo a los procedimientos de rigor, suscribir los instrumentos id\u00f3neos, tales como pagar\u00e9 y\/o suscribir las escrituras o instrumentos p\u00fablicos o privados que fueren menester para la concreci\u00f3n de la operaci\u00f3n aprobada.<\/p>\n<p>11.- Memor\u00e1ndum N\u00ba 120\/2018 del Secretario General a Asesor\u00eda Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>12.- Que en raz\u00f3n de todos los vistos y considerandos precedentes, con fecha 28 de septiembre de 2018, la Universidad autoriz\u00f3 la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos y aprob\u00f3 las bases administrativas y t\u00e9cnicas respectivas. Lo anterior, mediante Decreto Universitario N\u00ba 36\/2018.<\/p>\n<p>13.- Por Oficio N\u00ba 11685 de fecha 30 de octubre de 2018, la Contralor\u00eda Regional de Valpara\u00edso represent\u00f3 el Decreto antes citado, fundado en argumentos que mediante la aprobaci\u00f3n de este Decreto vienen en subsanarse.<\/p>\n<p>14.- Memor\u00e1ndum N\u00ba 187\/2018 del Secretario General a Asesor\u00eda Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>15.- Lo dispuesto en el inciso 2\u00ba art\u00edculo 1\u00ba de la Ley 18.434, art\u00edculos 12 letra o), 34 letras a), b) y c) del D.F.L. N\u00ba 2 de 1986 y Decreto Supremo N\u00ba 269\/2018, ambos del Ministerio de Educaci\u00f3n, Ley N\u00ba 21.053 y Ley N\u00ba 18.575.<\/p>\n<h4>Decreto<\/h4>\n<p>1. AUTOR\u00cdZASE la contrataci\u00f3n de \u00e9l o los siguientes empr\u00e9stitos con una o m\u00e1s entidades bancarias y\/o Instituciones Financieras y\/o Fondos de Inversi\u00f3n, por parcialidades o por el total, de hasta $6.575.387.891.- (seis mil quinientos setenta y cinco millones trescientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y un pesos), equivalentes a UF 241.277 (doscientos cuarenta y un mil doscientos setenta y siete unidades de fomento), al d\u00eda 21 de agosto del a\u00f1o en curso, con una tasa m\u00e1xima de hasta la legal convencional y un periodo de gracia, que considera s\u00f3lo el pago de intereses de hasta 12 meses, por el plazo m\u00e1ximo de 20 a\u00f1os, incluido el periodo de gracia, modalidad cuotas mensuales, con la finalidad de reestructurar los pasivos universitarios existentes, ajustados a la Ley N\u00ba 21.053.<\/p>\n<p>2. Estos empr\u00e9stitos podr\u00e1n celebrarse conforme al siguiente detalle:<\/p>\n<ul>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Chile $1.756.804.420<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco Ita\u00fa Corpbanca $2.186.341.471<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Cr\u00e9dito e Inversiones $1.019.000.000<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con Tanner Servicios Financieros S.A. $1.198.578.000<\/li>\n<li>Pyme Leasing S.A.(ahora AVLA Leasing S.A.) $414.664.000<\/li>\n<li><b>Total: $6.575.387.891<\/b><\/li>\n<\/ul>\n<p>3. Sin perjuicio del detalle antes referido, se podr\u00e1 pactar con la o las Instituciones Financieras y\/o Bancos y\/o Fondos de Inversi\u00f3n, que resulten m\u00e1s convenientes.<\/p>\n<p>4. AUTOR\u00cdZASE el pacto de intereses penales y moratorios y dem\u00e1s gastos derivados de la naturaleza de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Los inmuebles sobre los cuales podr\u00e1n constituirse las hipotecas destinadas a garantizar el o los empr\u00e9stitos que por este acto se autoriza contratar, son los siguientes:<\/p>\n<p>1) Inmueble de Avenida Gran Breta\u00f1a antes camino Cintura, esquina de bajada a la Escuela Naval, hoy subida Artiller\u00eda N\u00ba672, inscrita a fojas N\u00ba3.687 N\u00ba4575 del Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso, prepagando garant\u00eda en posesi\u00f3n de Ita\u00fa-Corpbanca.<\/p>\n<p>2) Inmueble de Avenida Gonz\u00e1lez de Hontaneda Sector 4, inscrito a fojas 3686 vuelta n\u00famero 4574 Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/p>\n<p>3) Lote n\u00famero 1, actualmente por acceso por calle Independencia N\u00ba 2096, de la primera porci\u00f3n del inmueble ubicado en calle Independencia, comuna de Valpara\u00edso, Rol 182-17, individualizado en el plano de subdivisi\u00f3n agregado al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso del a\u00f1o 2011 con el n\u00famero 2046, inscrito a Fojas 4922 N\u00famero 8644 del Registro de Propiedad del mencionado Conservador, del a\u00f1o 2015.<\/p>\n<p>4) Inmueble ubicado en Valpara\u00edso, Barrio Playa Ancha, que forma parte de mayor extensi\u00f3n, inscrito a fojas 3686 n\u00famero 4573 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a las garant\u00edas hipotecarias que se autoriza constituir, deber\u00e1n ajustarse a las condiciones del mercado, con el fin de optimizarlas, en funci\u00f3n de cada uno de los cr\u00e9ditos que se contraten, debiendo el Vicerrector de Administraci\u00f3n y Finanzas y la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica, actuar coordinadamente al respecto.<\/p>\n<p>6. No obstante lo anterior, deber\u00e1 presentarse ante la Junta Directiva la adjudicaci\u00f3n o la declaraci\u00f3n de desierta de todo o parte de la licitaci\u00f3n; las condiciones de la operaci\u00f3n, el plazo y las garant\u00edas hipotecarias a constituir, para todos o cada uno de los empr\u00e9stitos acordados; con el fin de que \u00e9ste cuerpo colegiado previa a la dictaci\u00f3n del acto administrativo correspondiente y a la celebraci\u00f3n del contrato respectivo, d\u00e9 la aprobaci\u00f3n definitiva o la rechace conforme a los intereses de la Universidad.<\/p>\n<p>7. FAC\u00daLTESE al se\u00f1or Rector para, previo a los procedimientos de rigor, suscribir los instrumentos id\u00f3neos, tales como pagar\u00e9 y\/o suscribir las escrituras o instrumentos p\u00fablicos o privados que fueren menester para la concreci\u00f3n de la operaci\u00f3n aprobada.<\/p>\n<p>8. APRU\u00c9BANSE las Bases Administrativas y T\u00e9cnicas de Licitaci\u00f3n P\u00fablica en que la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n, solicita la contrataci\u00f3n de uno o m\u00e1s empr\u00e9stitos con el objeto de cumplir los diversos fines ya se\u00f1alados, cuyo texto se transcribe a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<h4>Bases de la licitaci\u00f3n propuesta p\u00fablica<\/h4>\n<h5>A. Generalidades<\/h5>\n<p>La Ley N\u00ba 21.053, sobre Presupuestos del Sector P\u00fablico, correspondiente al a\u00f1o 2018, del Ministerio de Hacienda, en su art\u00edculo 16 inciso quinto autoriza a las universidades estatales para contratar, durante el a\u00f1o 2018, empr\u00e9stitos por per\u00edodos de hasta veinte a\u00f1os, de forma que, con los montos que se contraten, el nivel de endeudamiento total de cada una de ellas no exceda del cien por ciento (100%) de sus patrimonios. Lo anterior, previa visaci\u00f3n del Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p>La visaci\u00f3n del Ministerio de Hacienda fue otorgada por Ordinario N\u00b0 948, de fecha 06 de junio de 2018.<\/p>\n<p>Las presentes Bases de Licitaci\u00f3n, se refieren a la Licitaci\u00f3n P\u00fablica que la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n, en adelante indistintamente \u201cel Mandante\u201d o \u201cla Universidad\u201d solicita para la \u201cContrataci\u00f3n de uno o m\u00e1s empr\u00e9stitos de conformidad con la Ley N\u00ba 21.053\u201d.<\/p>\n<h5>B. Condiciones generales<\/h5>\n<p>El monto m\u00e1ximo total a licitar asciende hasta la suma de $6.575.387.891.- (seis mil quinientos setenta y cinco millones trescientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y un pesos), equivalentes a UF 241.277 (doscientos cuarenta y un mil doscientos setenta y siete unidades de fomento), al d\u00eda 21 de agosto del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>La presente licitaci\u00f3n se efectuar\u00e1 por el monto total y, en su caso, ofertar o suscribir un solo contrato de empr\u00e9stito; o por lotes, pudiendo licitar o suscribir un empr\u00e9stito por cada una de los montos antes individualizados, estableci\u00e9ndose como tope m\u00e1ximo el se\u00f1alado para cada uno de los lotes, seg\u00fan se especifica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Chile $1.756.804.420<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco Ita\u00fa Corpbanca $2.186.341.471<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con el Banco de Cr\u00e9dito e Inversiones $1.019.000.000<\/li>\n<li>Actualmente deuda suscrita con Tanner Servicios Financieros S.A. $1.198.578.000<\/li>\n<li>Pyme Leasing S.A.(ahora AVLA Leasing S.A.) $414.664.000<\/li>\n<li>Total: <b>$6.575.387.891<\/b><\/li>\n<\/ul>\n<p>Sin perjuicio del detalle antes referido, se podr\u00e1 pactar con la o las Instituciones Financieras y\/o Bancos y\/o Fondos de Inversi\u00f3n, que resulten m\u00e1s convenientes.<\/p>\n<p>Los inmuebles sobre los cuales podr\u00e1n constituirse las hipotecas destinadas a garantizar el o los empr\u00e9stitos antes se\u00f1alados, son los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Inmueble de Avenida Gran Breta\u00f1a antes camino Cintura, esquina de bajada a la Escuela Naval, hoy subida Artiller\u00eda N\u00ba672, inscrita a fojas N\u00ba3.687 N\u00ba4575 del Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso, prepagando garant\u00eda en posesi\u00f3n de Ita\u00fa-Corpbanca.<\/li>\n<li>Inmueble de Avenida Gonz\u00e1lez de Hontaneda Sector 4, inscrito a fojas 3686 vuelta n\u00famero 4574 Registro de Propiedad del a\u00f1o 2002 del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/li>\n<li>Lote n\u00famero 1, actualmente por acceso por calle Independencia N\u00ba 2096, de la primera porci\u00f3n del inmueble ubicado en calle Independencia, comuna de Valpara\u00edso, Rol 182-17, individualizado en el plano de subdivisi\u00f3n agregado al Registro de Documentos del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso del a\u00f1o 2011 con el n\u00famero 2046, inscrito a Fojas 4922 N\u00famero 8644 del Registro de Propiedad del mencionado Conservador, del a\u00f1o 2015.<\/li>\n<li>Inmueble ubicado en Valpara\u00edso, Barrio Playa Ancha, que forma parte de mayor extensi\u00f3n, inscrito a fojas 3686 n\u00famero 4573 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra\u00edces de Valpara\u00edso.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En relaci\u00f3n a las garant\u00edas hipotecarias que se autoriza constituir, deber\u00e1n ajustarse a las condiciones del mercado, con el fin de optimizarlas, en funci\u00f3n de cada uno de los cr\u00e9ditos que se contraten, debiendo el Vicerrector de Administraci\u00f3n y Finanzas y la Direcci\u00f3n Jur\u00eddica, actuar coordinadamente al respecto.<\/p>\n<p>Se hace presente que la distribuci\u00f3n de los inmuebles que, eventualmente, ser\u00e1n entregados en garant\u00eda, depender\u00e1 de la oferta y de la instituci\u00f3n proponente y adjudicataria.<br \/>\nEn ese sentido, los inmuebles que podr\u00e1n hipotecarse ser\u00e1n asignados dependiendo de la oferta y de la instituci\u00f3n proponente y adjudicada.<\/p>\n<p>Finalmente, se deja constancia que los empr\u00e9stitos que se licitan podr\u00e1n asociarse a la constituci\u00f3n de alguna hipoteca, no siendo requisito para la contrataci\u00f3n, ya que de acuerdo al certificado de la Junta Directiva la constituci\u00f3n de dicho gravamen es facultativa.<\/p>\n<p>El Rector de la Universidad se encuentra facultado para, previo a los procedimientos de rigor, suscribir los instrumentos id\u00f3neos, tales como pagar\u00e9 y\/o suscribir las escrituras o instrumentos p\u00fablicos o privados que fueren menester para la concreci\u00f3n de las operaciones.<\/p>\n<p>La Universidad est\u00e1 autorizada para que en el marco de esta licitaci\u00f3n, puedan pactarse, entre las partes, intereses penales moratorios y dem\u00e1s derivados de la naturaleza de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las ofertas deber\u00e1n permitir realizar prepagos e indicar los intereses y dem\u00e1s cargos que se cobren por ello.<\/p>\n<p>Los plazos a que se hagan referencia en las presentes bases, ser\u00e1n de d\u00edas corridos, salvo que expresamente se se\u00f1ale que es de d\u00edas h\u00e1biles. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que un plazo venza en un d\u00eda s\u00e1bado, domingo o festivo se entender\u00e1 prorrogado al d\u00eda h\u00e1bil siguiente.<\/p>\n<h5>C. Requisitos exigibles a los proponentes<\/h5>\n<p>1. Proponentes<\/p>\n<p>Podr\u00e1n participar en la propuesta todas las instituciones bancarias y\/o financieras y\/o fondos de inversi\u00f3n, legalmente constituidas, que cuenten con oficina en el pa\u00eds, cuya actividad se encuentre relacionada con el bien y\/o servicio que se licita por medio de estas bases y que cumplan con los requisitos exigidos, lo que deber\u00e1 ser acreditado en su oportunidad, con la documentaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p>2. Per\u00edodos del cr\u00e9dito<\/p>\n<p>Las propuestas deber\u00e1n ser presentadas en cuotas mensuales, no pudiendo exceder de 20 a\u00f1os, con una tasa m\u00e1xima de hasta la legal convencional y un periodo de gracia, que considera s\u00f3lo el pago de intereses de hasta 12 meses, por el plazo m\u00e1ximo de 20 a\u00f1os, incluido el periodo de gracia, modalidad cuotas mensuales.<\/p>\n<p>Decreto N\u00b0038\/2018. P\u00e1gina 12.<\/p>\n<p>3. Tasa aplicada y valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>3.1 Indicar tasa de inter\u00e9s a pagar sobre base anual.<br \/>\n3.2 Establecer servicio mensual de la deuda (monto a pagar UF).<br \/>\n3.3 Expresar comisi\u00f3n prepago por saldo insoluto.<br \/>\n3.4 Plazo de vigencia del cr\u00e9dito.<br \/>\n3.5 Periodo de gracia ofrecido.<\/p>\n<p>4. Requisitos para la presentaci\u00f3n de los antecedentes<\/p>\n<p>4.1 Se considerar\u00e1n solo las propuestas de las entidades bancarias y\/o financieras y\/o fondos de inversi\u00f3n, que cumplan con los puntos establecidos en las presentes bases de licitaci\u00f3n.<br \/>\n4.2 Las instituciones bancarias y\/o financieras y\/o fondos de inversi\u00f3n participantes deber\u00e1n presentar un sobre dirigido al Vicerrector de Administraci\u00f3n y Finanzas de la Universidad, en los t\u00e9rminos indicados en la letra D de las presentes bases, con los siguientes antecedentes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">i. Propuesta debe se\u00f1alar: tasa de inter\u00e9s, servicio mensual de la deuda monto en UF, comisi\u00f3n de prepago por saldo insoluto y plazo de vigencia del cr\u00e9dito, incluyendo meses de gracia.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">ii. Los documentos y\/o antecedentes del sobre deber\u00e1n ser firmados por el representante legal del oferente, en original y dos copias.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">iii. La instituci\u00f3n deber\u00e1 devolver las bases administrativas firmadas.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">iv. Instrumento de Garant\u00eda de Seriedad de la Oferta a la vista e irrevocable, pudiendo ser \u00e9sta un vale vista, una boleta de garant\u00eda, una p\u00f3liza de seguro, dep\u00f3sito a plazo o cualquier otro, que asegure el pago de manera r\u00e1pida y eficaz, a favor de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n, Rut. 70.754.700-6 con la siguiente glosa: \u201cInstrumento de Garant\u00eda de Seriedad de la Oferta por la Contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos de conformidad con la Ley N\u00ba 21.053\u201d, por un monto de $5.000.000(cinco millones de pesos) con un plazo de vigencia de a lo menos 60 (sesenta) d\u00edas contados de la fecha de apertura de las ofertas. En caso de ser necesario, la Universidad solicitar\u00e1 que se extienda su vigencia hasta la fecha en que se suscriba el respectivo contrato. Este documento de garant\u00eda ser\u00e1 devuelto a los oferentes que no resulten adjudicados una vez que haya sido totalmente tramitado el decreto que apruebe la contrataci\u00f3n del empr\u00e9stito. Trat\u00e1ndose de los oferentes cuyas ofertas son rechazadas en el acto de apertura, sus garant\u00edas de seriedad de la oferta, ser\u00e1n devueltas en dicho acto, dej\u00e1ndose constancia de ello en el acta de apertura.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">v. En el caso que alg\u00fan oferente desee participar respecto de m\u00e1s de un lote, deber\u00e1 presentar garant\u00eda por cada lote en que realice ofertas y si es por el total a licitar deber\u00e1 presentar s\u00f3lo una boleta.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">vi. Copia Balances auditados publicados a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">vii. La oferta deber\u00e1 tener una vigencia m\u00ednima de 15 (quince) d\u00edas corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">viii. Entregar una declaraci\u00f3n Jurada Simple que indique:<\/p>\n<p>a. Haber estudiado todos los antecedentes y condiciones establecidos en las presentes bases y estar de acuerdo con ellos, sin tener reparo alguno que formular.<br \/>\nDecreto N\u00b0038\/2018. P\u00e1gina 14.<\/p>\n<p>b. Que, cumplen con todos los requisitos para contratar con la Administraci\u00f3n del Estado, y en consecuencia se debe expresar que:<\/p>\n<ul>\n<li>No han sido condenados por pr\u00e1cticas antisindicales o infracci\u00f3n a los derechos fundamentales de los trabajadores dentro de los anteriores dos a\u00f1os.<\/li>\n<li>Declaraci\u00f3n que no se registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los \u00faltimos dos a\u00f1os; y de tenerlos, se comprometen a que los primeros pagos producto del contrato licitado ser\u00e1n destinados al pago de dichas obligaciones.<\/li>\n<li>Declaraci\u00f3n que no existen funcionarios directivos de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n en la empresa, ni personas unidas a ellos por los v\u00ednculos de parentesco descritos en el art\u00edculo 54 letra b) de la Ley N\u00ba 18.575, Org\u00e1nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci\u00f3n del Estado, como asimismo, s\u00ed corresponde, no forman parte de la sociedad de personas. En el caso de sociedades comanditas por acciones o an\u00f3nimas cerradas se declara que no cuentan con accionistas que tengan la calidad de funcionarios directivos de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n, ni personas unidas a ellos por los v\u00ednculos de parentesco descritos en el art\u00edculo 54 letra b) de la Ley N\u00ba 18.575, antes mencionada, y respecto de sociedades an\u00f3nimas abiertas no existen personas que re\u00fanan las calidades antes descritas que sean due\u00f1os de acciones que representen el 10% o m\u00e1s del capital. Adem\u00e1s, se agrega que ning\u00fan funcionario directivo de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educaci\u00f3n, ni personas unidas a ellos por los v\u00ednculos de parentesco descritos en el art\u00edculo 54 letra b) de la Ley N\u00ba 18.575, Org\u00e1nica Constitucional de Bases Generales de la Administraci\u00f3n del Estado, tienen la calidad de gerentes, administradores, representantes o directores de nuestra sociedad.<\/li>\n<li>En el caso de ser persona jur\u00eddica, declaro bajo juramento que la empresa que represento no incurre en ninguna de las prohibiciones previstas en el art\u00edculo 8\u00b0 N\u00b0 2 de la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jur\u00eddicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">ix. En sus ofertas, los proponentes deber\u00e1n se\u00f1alar nombre, domicilio, correo electr\u00f3nico y tel\u00e9fono de su representante legal, as\u00ed como acompa\u00f1ar documentos de personer\u00eda.<\/p>\n<h5>D. De los plazos, evaluaci\u00f3n y adjudicaci\u00f3n de la licitaci\u00f3n<\/h5>\n<p>1. Calendario de actividades, plazos de postulaci\u00f3n y consultas<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">a. El llamado a la Licitaci\u00f3n, en adelante \u201cel llamado\u201d, se efectuar\u00e1 por medio de la publicaci\u00f3n de un aviso en un diario de circulaci\u00f3n nacional o local, una vez que el Decreto que autoriza la Contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos de conformidad con la Ley N\u00ba 21.053 y que aprueba las bases de licitaci\u00f3n p\u00fablica se encuentre totalmente tramitado.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">b. Entrega de Bases: dentro de los 2 (dos) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha del llamado, mediante su descarga desde la p\u00e1gina web de la Universidad, www.upla.cl<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">c. Plazo de consultas: dentro de los 5 (cinco) d\u00edas siguientes a la fecha del llamado, v\u00eda correo electr\u00f3nico, hasta las 17:30 horas. Las consultas se deber\u00e1n efectuar al correo electr\u00f3nico htello@upla.cl. Las respuestas ser\u00e1n publicadas en el sitio www.upla.cl, a m\u00e1s tardar, a las 17.30 horas del d\u00eda subsiguiente a la fecha en que se cierre el plazo de consultas.\u00a0Las consultas generar\u00e1n respuestas \u00fanicas para todos los oferentes.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">d) La recepci\u00f3n y apertura de las ofertas ser\u00e1 al d\u00e9cimo d\u00eda siguiente a la fecha del llamado, a las 11:00 horas. La Universidad ha fijado este plazo porque estima que la presente licitaci\u00f3n se refiere a bienes de simple y objetiva especificaci\u00f3n, y que razonablemente conllevan un esfuerzo menor en la preparaci\u00f3n de las ofertas.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">e) Tanto la recepci\u00f3n y apertura de las ofertas se efectuar\u00e1n en la Secci\u00f3n de Adquisiciones, ubicada en Avenida Gran Breta\u00f1a N\u00ba 40, Playa Ancha, Valpara\u00edso, ante la Comisi\u00f3n que se designa en estas bases al efecto.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">f) Al t\u00e9rmino de la apertura de los sobres con las ofertas, se proceder\u00e1 a levantar un acta con detalle de las postulaciones. El acta deber\u00e1 ser firmada por los miembros de la comisi\u00f3n y el Secretario General de la Universidad.<\/p>\n<p>2. Variables a considerar para la adjudicaci\u00f3n de la licitaci\u00f3n<\/p>\n<p>Para la determinaci\u00f3n de la adjudicaci\u00f3n, se tendr\u00e1n presentes los siguientes criterios de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se deja constancia que la evaluaci\u00f3n, se realizar\u00e1 por lotes separados.<\/p>\n<p>Criterio de evaluaci\u00f3n Porcentaje<br \/>\nTasa de inter\u00e9s 35%<br \/>\nPer\u00edodo de gracia 10%<br \/>\nPlazo de vigencia del cr\u00e9dito 30%<br \/>\nLotes a los que postula 20%<br \/>\nComisi\u00f3n de prepago 5%<br \/>\nTotal 100%<\/p>\n<p>Para determinar los puntajes correspondientes a cada uno de los criterios de evaluaci\u00f3n, se calificar\u00e1 cada criterio de 1 a 7 puntos, debiendo considerarse que el mayor puntaje equivale a 7.<\/p>\n<p>Tasa de inter\u00e9s (35%): Se evaluar\u00e1 con el mayor puntaje (7 puntos) la oferta que presente la menor tasa de inter\u00e9s en UF. El resto de las ofertas ser\u00e1 evaluado de acuerdo a la regla de tres simple a la inversa.<\/p>\n<p>Nota: si la oferta se propone con tasa de inter\u00e9s mensual, para efectos de establecer el puntaje, se calcular\u00e1 la tasa de inter\u00e9s anual, multiplicando la tasa de inter\u00e9s mensual propuesta por 12.<\/p>\n<p>Per\u00edodo de gracia (10%): se calificar\u00e1 con el mayor puntaje (7 puntos), aquella oferta que contemple 12 meses de gracia. El resto, ser\u00e1 calificado con regla de tres simple a la inversa.<\/p>\n<p>Plazo de vigencia del cr\u00e9dito (30%): se evaluar\u00e1 con el mayor puntaje (7 puntos), aquella oferta que presente un plazo de vigencia de 20 a\u00f1os, incluido el per\u00edodo de gracia. El resto, se evaluar\u00e1 con la regla de tres simple a la inversa.<\/p>\n<p>Lotes a los que postula (20%): se evaluar\u00e1 con el mayor puntaje (7 puntos), aquella oferta que presente a los 5 lotes o por el total de los empr\u00e9stitos. El resto, se evaluar\u00e1 con la regla de tres simple a la inversa.<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de prepago (5%): dicha comisi\u00f3n deber\u00e1 ser expresada en tasa de inter\u00e9s y meses asociados. Se calificar\u00e1 con el mayor puntaje (7 puntos) la menor comisi\u00f3n de prepago; las dem\u00e1s, de forma proporcional de menor a mayor.<\/p>\n<p>Se entender\u00e1 para los efectos de la presente licitaci\u00f3n, que la comisi\u00f3n de prepago es el costo que debe pagar el deudor al acreedor en caso de pagar anticipadamente el saldo insoluto de capital correspondiente a la obligaci\u00f3n contra\u00edda.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 responsabilidad de los proponentes, proporcionar toda la informaci\u00f3n que permita a la Comisi\u00f3n efectuar la evaluaci\u00f3n de sus propuestas.<\/p>\n<p>De considerarlo necesario, la Universidad podr\u00e1 requerir durante el periodo de evaluaci\u00f3n, aclaraciones a las propuestas, entrevistas, presentaciones y exposiciones. Estos requerimientos se realizaran por correo electr\u00f3nico a todos los que postularon y formar\u00e1n parte integrante de la propuesta. En todo caso, estas actuaciones no pueden significar una vulneraci\u00f3n a los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado ni de igualdad ante las bases que rigen el contrato.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n evaluados s\u00f3lo los oferentes que cumplan con los requerimientos formulados por la Universidad.<\/p>\n<p>3. De la evaluaci\u00f3n y adjudicaci\u00f3n de la licitaci\u00f3n<\/p>\n<p>Las propuestas ser\u00e1n recibidas y evaluadas por dos comisiones que tendr\u00e1n por objeto precisamente recepcionar las ofertas recibidas y, por otro lado, evaluarlas.<\/p>\n<p>As\u00ed, \u00e9stas ser\u00e1n:<\/p>\n<p>Una Comisi\u00f3n de Recepci\u00f3n y Apertura (Compuesta por 4 miembros, a saber: Directora General de Finanzas, Auditora Interno, Jefe de la Secci\u00f3n de Adquisiciones y Asesora Jur\u00eddica), recibir\u00e1 los antecedentes y verificar\u00e1 si los oferentes cumplen los requisitos formales para continuar siendo parte de la licitaci\u00f3n. Al t\u00e9rmino, levantar\u00e1 el acta indicada en el literal f) del numeral 1 de la letra D. anterior.<\/p>\n<p>Por su parte, una Comisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n y Calificaci\u00f3n (Compuesta por 4 miembros, a saber: Vicerrector de Administraci\u00f3n y Finanzas, Directora General de Finanzas, Auditora Interna y Jefe del Departamento de Contabilidad) evaluar\u00e1 el fondo de las ofertas y emitir\u00e1 un informe con el resultado de su cometido, a m\u00e1s tardar, los dos d\u00edas h\u00e1biles siguientes de la apertura. Asimismo, estar\u00e1 facultada para solicitar aclaraci\u00f3n de las propuestas sin que ello signifique, en ning\u00fan caso, alterar su contenido ni vulnerar los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado ni de igualdad ante las bases que rigen el contrato.<\/p>\n<p>En el evento en que dos proponentes tengan igualdad de puntaje, la Comisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n y Calificaci\u00f3n decidir\u00e1 por la oferta que presente la menor tasa de inter\u00e9s, luego si ellos se mantiene se decidir\u00e1 por la oferta que presente mayor cantidad de lotes. Si de ello, a\u00fan se mantiene la igualdad, la Comisi\u00f3n decidir\u00e1 por el oferente que registr\u00f3 mayores colocaciones (entendiendo por \u00e9stas, las que hayan concentrado el mayor monto) durante el a\u00f1o 2017, seg\u00fan los balances auditados y publicados.<\/p>\n<p>Teniendo presente el informe antes mencionado, el se\u00f1or Rector de la Universidad proceder\u00e1 a adjudicar la propuesta a trav\u00e9s de la dictaci\u00f3n del decreto correspondiente, previa recepci\u00f3n del citado informe a m\u00e1s tardar dentro de 5 d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de recepci\u00f3n del informe.<\/p>\n<p>La adjudicaci\u00f3n de los empr\u00e9stitos, en consideraci\u00f3n a su monto o cuant\u00eda, y a la peculiaridad del endeudamiento contenido en la Ley N\u00ba 21.053, excepcionalmente deber\u00e1 presentarse ante la Junta Directiva, a fin de que este \u00f3rgano previo a la dictaci\u00f3n del acto administrativo correspondiente y a la celebraci\u00f3n del contrato respectivo, d\u00e9 la aprobaci\u00f3n definitiva o la rechace conforme a los intereses de la Universidad. Lo mismo deber\u00e1 hacerse en caso de la declaraci\u00f3n de desierta de todo o parte de la licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Universidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitaci\u00f3n, mediante resoluci\u00f3n fundada, en la medida que ninguna de las ofertas sean convenientes para los intereses de la instituci\u00f3n, atendidas las condiciones de mercado, aun cuando est\u00e9n dentro del l\u00edmite m\u00e1ximo de tasa establecido en las presentes bases y legales.<\/p>\n<p>Una vez adjudicada la propuesta a alg\u00fan proponente y antes de la suscripci\u00f3n del contrato, se le enviar\u00e1n los antecedentes legales del o los inmuebles a hipotecar, seg\u00fan corresponda, debidamente actualizados. Adem\u00e1s, se remitir\u00e1n los antecedentes del pasivo actualizado por documento oficial de la instituci\u00f3n financiera respectiva. La raz\u00f3n de no acompa\u00f1ar los antecedentes a esta licitaci\u00f3n radica en el principio de eficiencia y eficacia administrativa, ya que por los tiempos involucrados en \u00e9sta, los instrumentos que podr\u00edan acompa\u00f1arse pierden valor y actualizaci\u00f3n, siendo v\u00e1lidos s\u00f3lo aquellos que se remitan en fecha cercana al contrato de cr\u00e9dito e hipoteca, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>El contrato que deba otorgarse y que d\u00e9 cuenta de la obligaci\u00f3n para con la entidad adjudicataria, deber\u00e1 suscribirse dentro de los 5 (cinco) d\u00edas siguientes a la total tramitaci\u00f3n del decreto de adjudicaci\u00f3n. La adjudicaci\u00f3n ser\u00e1 informada v\u00eda correo electr\u00f3nico a la entidad adjudicataria, as\u00ed como tambi\u00e9n a los oferentes cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.<\/p>\n<p>El monto definitivo del cr\u00e9dito que deber\u00e1 consignarse en el contrato que d\u00e9 cuenta de la obligaci\u00f3n que se adjudique, corresponder\u00e1 al informado por la Universidad seg\u00fan la liquidaci\u00f3n de prepago emitida por cada uno de los actuales bancos acreedores de la Universidad. Lo anterior, se calcular\u00e1 seg\u00fan el lote en que el oferente se haya adjudicado la presente licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las sumas de dinero correspondientes a los empr\u00e9stitos adjudicados a cada uno de los oferentes deber\u00e1n ser entregadas a la Universidad mediante transferencia a la cuenta corriente que la Universidad informe previamente, dentro de los 2 (dos) d\u00edas contados desde la notificaci\u00f3n al adjudicatario que se encuentra totalmente tramitado el decreto que aprueba el contrato y que el titulo representativo de la obligaci\u00f3n se encuentra refrendado. Conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 13 de la Ley 10.336, el Contralor General de la Rep\u00fablica refrendar\u00e1 todos los bonos y otros documentos de deuda p\u00fablica directa o indirecta que se emitan. Ning\u00fan bono u otro documento de deuda p\u00fablica ser\u00e1 v\u00e1lido sin la refrendaci\u00f3n del Contralor o de otro funcionario o instituci\u00f3n que, a propuesta de \u00e9l, designe el Presidente de la Rep\u00fablica. Por tanto, s\u00f3lo se proceder\u00e1 a la entrega de los dineros una vez cumplido este tr\u00e1mite.<\/p>\n<p>Los intereses que genere la contrataci\u00f3n de los empr\u00e9stitos que por este acto se licitan, se devengar\u00e1n una vez aprobado y refrendado, conforme al art\u00edculo 13 de la Ley 10.336 el instrumento de cr\u00e9dito respectivo.<\/p>\n<p>La no entrega a la Universidad de los fondos y\/o el desistimiento de la oferta, dar\u00e1 derecho a la Universidad a hacer exigible inmediatamente la garant\u00eda de seriedad de la oferta a t\u00edtulo de pena y sin que sea necesario probar perjuicio.<\/p>\n<p>En caso de desistimiento de la oferta, la Universidad decidir\u00e1 si se adjudica a la siguiente mejor oferta evaluada o hacer una nueva licitaci\u00f3n.<\/p>\n<h5>E. Interpretaci\u00f3n de las bases<\/h5>\n<p>La Universidad se reserva el derecho de interpretar el contenido y alcance de las presentes Bases, sin perjuicio de las atribuciones de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, de los Tribunales de Justicia.<\/p>\n<p>An\u00f3tese, t\u00f3mese raz\u00f3n y comun\u00edquese<\/p>\n<p>Patricio Sanhueza Vivanco, Rector<\/p>\n[su_button url=\u00bbhttps:\/\/www.upla.cl\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/2018_1214_administracion_sollicitudemprestitos_dto_0038-2018.pdf\u00bb target=\u00bbblank\u00bb style=\u00bbflat\u00bb background=\u00bb#009bdb\u00bb color=\u00bb#ffffff\u00bb size=\u00bb5&#8243; wide=\u00bbyes\u00bb center=\u00bbyes\u00bb radius=\u00bb0&#8243; icon=\u00bbicon: mouse-pointer\u00bb desc=\u00bbFormato pdf, 9,2 mb\u00bb]Descarga aqu\u00ed las bases de licitaci\u00f3n[\/su_button]\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><a title=\"Certificado de Aval\u00fao Fiscal Hontaneda 855\" href=\"https:\/\/www.upla.cl\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/2018_1214_administracion_sollicitudemprestitos_avaluo_gonzalezdehontaneda.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Certificado de Aval\u00fao Fiscal<\/a><\/p>\n<p>Hontaneda 855<\/p>\n<p>(Formato pdf, 55 kb)<\/td>\n<td><a title=\"Certificado de Aval\u00fao Fiscal - Gran Breta\u00f1a\" href=\"https:\/\/www.upla.cl\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/2018_1214_administracion_sollicitudemprestitos_avaluo_granbretana.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Certificado de Aval\u00fao Fiscal<\/a><\/p>\n<p>Gran Breta\u00f1a 40<\/p>\n<p>(Formato pdf, 55 kb)<\/td>\n<td><a title=\"Certificado de Aval\u00fao Fiscal - Independencia\" href=\"https:\/\/www.upla.cl\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/2018_1214_administracion_sollicitudemprestitos_avaluo_independencia.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Certificado de Aval\u00fao Fiscal<\/a><\/p>\n<p>Independencia<\/p>\n<p>(Formato pdf, 55 kb)<\/td>\n<td><a title=\"Certificado de Aval\u00fao Fiscal - Playa Ancha\" href=\"https:\/\/www.upla.cl\/noticias\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/2018_1214_administracion_sollicitudemprestitos_avaluo_playaancha.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Certificado de Aval\u00fao Fiscal<\/a><\/p>\n<p>Hontaneda 855<\/p>\n<p>(Formato pdf, 55 kb)<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La recepci\u00f3n y apertura de las ofertas ser\u00e1 al d\u00e9cimo d\u00eda siguiente  a la fecha del llamado, a las 11:00 horas. <\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":75735,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[71,72,73,74,76,77,99,98,102,45],"tags":[],"class_list":["post-120255","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","","category-facultad-de-arte","category-facultad-de-ciencias-actividad-fisica-y-deporte","category-facultad-de-ciencias-de-la-educacion","category-facultad-de-ciencias-de-la-salud","category-facultad-de-ciencias-sociales","category-facultad-de-humanidades","category-funcionarios","category-gestion","category-infraestructura","category-upla-en-los-medios"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120255","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=120255"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120255\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/75735"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=120255"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=120255"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/upla.cl\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=120255"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}