Vistos:
- La necesidad de llamar a concurso público para proveer cargos de académicos para la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, en su Facultad de Ingeniería.
- Lo dispuesto en el inciso 2° artículo 1° de la Ley 18.434, D.F.L. N° 2 de 1986 del Ministerio de Educación, Ley N° 20.422, Ley N° 21.369, Ley N° 21.389, Decreto N° 238/2012 y Decreto Exento N° 0776/2021, 923/2022, 924/2022, todos de Rectoría; y Decreto TRA N° 396/7/2022 de la Contraloría Regional de Valparaíso.
Se ha resuelto aprobar las Bases del Concurso Público para proveer cargos académicos en calidad de contrata para la Facultad de Ingeniería, de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación.
Las bases administrativas que se adjuntan más abajo regulan la convocatoria a concurso público que efectúa la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, para proveer, en contrata, las siguientes vacantes:
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FACULTAD DE INGENIERÍA |
JORNADAS | |||
| COMPLETA | MEDIA | 12 HS. |
6 HS. |
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| DEPARTAMENTO CIENCIA DE DATOS E INFORMÁTICA | 3 | X | X | X |
| DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA INGENIERÍA PARA LA SOSTENIBILIDAD | 2 | X | X | X |
| DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL Y GESTIÓN ORGANIZACIONAL | 2 | X | X | X |
Las postulaciones serán recibidas desde el lunes 30 de octubre hasta el lunes 20 de noviembre de 2023.
Podrán participar en este llamado todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente del sector público y que no estén inhabilitadas para desempeñarse en la administración pública.
La Universidad declara como deseable alcanzar la equidad de género, por lo que, en el presente concurso, se propenderá a la elección de hombres y mujeres en la misma proporción, en la medida que las postulaciones y sus antecedentes lo permitan.
Asimismo, las presentes bases están abiertas para personas con discapacidad, conforme la calificación y certificación previstas en el artículo 13 de la ley N°20.422.
Se entiende que forma parte de las presentes bases la Ley N° 21.369 que regula el Acoso Sexual, la Violencia y Discriminación de Género en el ámbito de la Educación Superior, así como la Política Integral ante el Acoso Sexual, Violencia y Discriminación de Género y Discriminaciones Sexo Genéricas al interior de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, que consta en el Decreto Exento N° 0923/2022 de Rectoría de la Universidad de Playa Ancha, y el Protocolo para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Acoso, Discriminación, Hostigamiento y Violencia de Género en contra de Diversidades Sexo Genéricas, que consta en Decreto Exento N°0924/2022 de esta misma casa de estudios, ambos disponibles en la pagina web de esta Universidad en el enlace https://upla.cl/generoydiversidad/.
En virtud de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos), respecto de quienes sean nombrados/as, la Universidad deberá consultar si poseen una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su nombramiento, que la institución proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.
Para revisar las consideraciones generales, condiciones de contratación, perfiles específicos requeridos, requisitos generales de postulación, proceso de postulación, documentación requerida y selección de cargos y resultados, sírvase descargar la siguiente documentación:
Bases de la convocatoria, según Resolución Exenta Nº 9/2023 (pdf, 3,1 MB)
Declaración jurada (docx, 91 KB)
Formulario de postulación (docx, 111 KB)
Formato de currículum vitae normalizado (docx, 175 KB)
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